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Testamento en Panamá

¿QUE PASARA CON TUS PROPIEDADES CUANDO FALLEZCAS?

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A largo de nuestra vida experimentamos experiencias diversas que de acuerdo a nuestras formas de vivir, situación económica o emocional, que bien pueden tener valor sentimental, como también pueden tener un valor económico que va a depender de la cosas en sí, y del entorno económico financiero actual.

Acumulamos, negociamos y regalamos toda clase de bienes materiales y la mayoría de las veces no pensamos en lo que haremos con ellos cuando ya no estemos con vida.

Pero… ¿Qué sucede con nuestras posesiones materiales cundo fallecemos? ¿Quién quedará con el derecho de propiedad de las mismas bajo las leyes de Panamá?

Estas preguntas tienen una respuesta muy sencilla: Si usted no dejó preparado y en orden la disposición de sus bienes (mediante un testamento en Panamá), entonces dichos bienes deberán ser sometidos a un procedimiento judicial en herencia en Panamá,  que tiene por objeto la trasmisión de los derechos de propiedad de todas las cosas que pertenecían a la persona fallecida, procedimiento que nuestra legislación llama SUCESIÓN.

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Los procesos de sucesión en Panamá son realmente muy comunes, ya que es imposible llevarnos con nosotros nuestros bienes a la tumba; alguien tiene que heredarlos.

En un juicio de sucesión en Panamá, la persona fallecida se le conoce jurídicamente como Causante, sus sucesores se les llama herederos, y los bienes que componen el patrimonio del causante se le llama Masa Herencial.

Los juicios de sucesión en Panamá pueden ser de dos clases: los que se hacen con la existencia de un testamento (Testamentarios) o los que se hacen sin la existencia de un testamento (intestadas).

Cuando la sucesión es con testamento (Testamentaria), el documento debe indicar quienes serán sus herederos, siempre y cuando no contravenga las disposiciones legales existentes en Panamá y en la sucesión donde no existe un testamento (intestada), la trasmisión de los bienes se hará entre las personas llamadas a heredar de acuerdo a lo que la Ley disponga.

Es precisamente aquí donde radica uno de los principales focos de conflicto en los procesos sucesorios:

El conflicto entre herederos.

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En algunos casos los testamentos pueden generar conflictos, ya que por ejemplo: si la persona que fallece estaba casada, y decide hacer testamento en donde dispone que todos sus bienes serán heredados por sus hijos, y excluye a su cónyuge, efectivamente el cónyuge sobreviviente quedará excluido de la herencia, sin embargo, tiene derecho en calidad de esposo o esposa a heredar (liquidación de régimen económico matrimonial, proceso de familia distinto a la Sucesión), lo cual le permite tener participación en el la herencia de los bienes dejados por su cónyuge.

¡TAMBIÉN SE HEREDAN LAS OBLIGACIONES Y LOS DERECHOS!

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Ahora bien, debemos tener en cuenta que así como dejamos bienes susceptibles de apropiación mediante juicio de sucesión, en esta misma medida las personas cuando fallecen dejan también derechos que pueden ser ejercidos por los herederos, y obligaciones que estos deben hacerle frente si el causante no ha logrado cumplirlas, por lo que siempre a la hora de ejercer el derecho a ser heredero, implica que además de las ganancias, también aceptará las cargas hereditarias, situación que debe siempre considerarse a la hora de ser heredero.

En esta medida, los herederos tienen también la posibilidad de presentar las acciones contra aquellas personas contra las cuales el causante tenga reclamaciones que realizar; así como también tienen la legitimación de intervenir en los procesos en donde el causante haya sido demandado, y para esto se requiere ser declarado heredero de dicha persona, lo cual se logra una vez haya accionado el proceso de sucesión correspondiente.

Este es un tema que genera muchas opiniones, inquietudes y todo tipo de situaciones que solo pueden ser resueltas al momento de ocurrir.

Si usted tiene alguna inquietud con respecto a un testamento en Panamá, una herencia en Panamá o simplemente quiere redactar un testamento en Panamá, le  podemos ayudar, haga CLIC en la foto para contactar al Lic. Rigoberto de la Rosa, abogado en Panamá especialista en Sucesiones y Herencias.

Artículo  Co Escrito por Abogado Rigoberto de la Rosa y Abogada Julissa Ortega

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9 comentarios

  1. Estamos buscando un salvaescaleras de segundamano para mi madre, mas no termino de fiarme mucho, esta pagina web lo desaconsejan claramente y dan unos buenos razonamientos, a parte todo cuanto encuentro por internet parece que le han pasado por encima con un camion, y no termino de decidirme, tengo temor de que al final por apreciar ahorrar algo terminemos gastando mas para tener un aparato sin apenas garantia ni conocer realmente su estado, en resumen proseguiremos buscando.

  2. Estamos mirando un salvaescaleras para la casa de mis progenitores, y tras cansarnos de buscar mucho estabamos resueltos a comprar uno de segundamano, no hacemos nada mas que buscar y buscar pero lo que encontramos no tiene buena pinta la verdad, existen algunos que parece patraña que vallan a funcionar por un buen tiempo, y nos da un tanto de miedo, no deja de ser un aparato a fin de que lo utilicen mis progenitores y en fin, no termino de estar demasiado conforme, Aqui hemos visto que lo desaconsejan plenamente, exactamente porque afirman que no podemos saber el estado del mismo y que debemos localizar una empresa que acepte instalarnos y mantenernos ese aparato, no se que hacer la verdad menudo lio, desde luego parece mucho mas facil comprar uno nuevo aunque a priori cueste pero dinero, pero por lo menos asi tenemos la garantia, que opinais vosotros?, alguno ha conseguido un salvaescaleras de segundamano y lo tiene marchando?, que nos cuente que tal. Muchas gracias y perdon por la parrafada…

  3. murió mi papá y mi madrastra en menos de 15 Días DE DIFERENCIA
    tenia 3 hijos légale y el hijo de mi madrastra
    la pregunta es… ese hijo de mi madrastra tiene algún derecho en la herencia?

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