NOTA ACLARATORIA: En Panamá la Ley 3 del 22 de febrero del 2008 que crea el Servicio Nacional de Migración reglamenta y exige la contratación de Abogados Panameños Idóneos para servir como apoderados legales y representantes de cualquier extranjero que desee solicitar una visa de residencia en Panamá, de otra manera el extranjero no podrá aplicar a un permiso de residencia en Panamá.
En Panamá los permisos de residencia para extranjeros NO SE OBTIENEN directamente en ninguna entidad gubernamental sin los servicios legales y la representación exclusiva de un Abogado Idóneo de la república de Panamá que actúe como apoderado legal.