Clase Especial – Visa de Jubilado / Pensionado en Panamá
Este es un programa migratorio regulado por el Decreto Ejecutivo No. 320 del 8 de agosto de 2008 que permite que las personas que reciben una pensión o jubilación puedan aplicar para obtener la residencia permanente en Panamá.
La Visa de Jubilado o Pensionado garantiza una serie de ventajas adicionales, sobre todo descuentos en productos y servicios.
El Servicio Nacional de Migración de Panamá explica que no existe edad mínima ni máxima para aplicar a este permiso de residencia permanente.
Cualquier persona, sin importar su nacionalidad, puede solicitarla. Solo será necesario cumplir con los requisitos de la visa que explicamos a continuación.
El requisito fundamental para optar por la Visa de Jubilado o Pensionado en Panamá es que se debe recibir algún tipo de jubilación o pensión por parte de alguna agencia internacional, gobierno extranjero o empresa privada, de al menos de 1000 dólares americanos y esta jubilación o pensión debe ser de por vida.
Como lo reza la ley No. 3 del 22 de febrero de 2008
En el caso de que la pensión no llegue a 1000, pero sí sea superior a 750 dólares, entonces es posible cubrir la diferencia con una inversión en bienes raíces, a través de la adquisición de una propiedad panameña, valorada en un mínimo de 100 mil dólares o aplicar con la pensión de ambos cónyuges (si es el caso y si juntas llegan a 1200 dolares).
El residente de Panamá que posea una visa de jubilado o pensionado goza de varios beneficios como descuentos especiales en comercios y eventos además de excepción de impuestos importantes.
A continuación encontrarás detalladamente las fases del proceso:
se realiza la reunión con el abogado para la revisión de los requisitos y el pago de los honorarios para iniciar el trámite migratorio.
Se apersonan el solicitante extranjero y el apoderado legal o su asistente ante las oficinas del Servicio Nacional de migración de Panamá para presentar la solicitud del trámite de la Visa de Jubilado o Pensionado en Panamá.
Ese mismo día le darán el primer carnet de residencia provisional al solicitante extranjero, con una validez de 6 meses, además le otorgarán una visa múltiple de entrada y salida estampada al pasaporte que le permitirá entrar y salir de Panamá sin problemas y sin pagar ningún impuesto de salida.
Regularmente los agentes migratorios le indicarán que debe esperar de 3 a 5 meses mientras que los oficiales encargados de revisión de documentos en migración expiden la resolución de aprobación del permiso de residente mediante la Visa de Jubilado o Pensionado en Panamá.
En el momento en que la resolución migratoria esta lista, el abogado es notificado por el servicio nacional de migración de panamá de que la resolución ha sido emitida y desde ese momento pueden y deben asistir a las oficinas de migración en panamá para obtener el un nuevo carnet de trámite de residencia permanente mediante la Visa de Jubilado o Pensionado en Panamá.
Luis Fernando Calderón Gómez, Colombiano – Visa de Jubilado en Panamá
Luis Fernando Calderón Gómez, Colombiano – Visa de Jubilado en Panamá
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