Visa de Múltiples Entradas y Salidas (Inmigración Panameña)
La gestión para la Visa de Múltiples Entrada y Salida ha sido eliminada por el Servicio Nacional de Migración de Panamá para aquellas personas a quienes les fue autorizada la Visa de Residencia Permanente y la Visa de Residencia Temporal. Esta Visa es solicitada solamente para aquellos solicitantes del Permiso de Residencia Provisional, la cual tienes una validez de tres (3) meses y es permutable por el mismo período hasta un (1) año, que se encuentra en gestión de la Residencia Legal en Panamá.
Para ser más conciso, todo aquel interesado de la Visa de Residencia Legal en Panamá, ya sea Temporal o Permanente, y antes de que su Visa sea debidamente autorizada mediante una resolución, requerirá gestionar la petición de un Permiso Provisional de Residencia ante el Servicio Nacional de Migración, el cual es legítimo por un periodo de tres (3) meses y prorrogable hasta un (1) año, y le autorizara al solicitante establecerse legalmente en Panamá por ese lapso y hasta que su Visa de Residencia Temporal o Permanente sea debidamente autorizada.
Si el procedimiento de autorización de la residencia provisional demora entre tres (3) meses y un (1) año, entonces se debe renovar y deberá prolongarse el permiso provisional. Todos los extranjeros que tengan la tarjeta de Permiso Provisional, deben gestionar la Visa de Múltiples Entradas y Salidas si aspiran abandonar Panamá y volver a incorporarse durante el tiempo que dure en adquirir la aceptación de su Visa de Residencia.
Programa de la Visa de entrada y salida múltiple
Las Visas de Residencia en Panamá se conceden para que los extranjeros que deseen residenciarse en Panamá puedan hacerlo de forma legal. Se tiene que tener en cuenta que:
- Un “inmigrante”, es un extranjero o turista que ha aplicado por la Visa de Residencia en Panamá.
- Un “residente” es un extranjero o turista que ha completado el Programa de Solicitud de Visa de Residencia en Panamá y que ha obtenido su tarjeta de residencia permanente.
El artículo 264 del Decreto Ejecutivo 320 del 8 de Agosto de 2008, revocó la cláusula de la Visa de Entrada y Salida Múltiple para aquellos extranjeros que son residentes en Panamá, a saber:
- Aquellas personas que actualmente poseen Cédula Panameña.
- Aquellas personas que poseen un permiso de residencia provisional en Panamá por un (1) año.
- Aquellas personas que poseen una Residencia Temporal por uno (1) o dos (2) años.
- Aquellas personas que poseen un carnet de pensionado o jubilado.
Al incorporarse a Panamá por el Aeropuerto Internacional, las autoridades de Migración honrarán la Cédula (Documento de Identificación Nacional) o el respectivo Carnet de Residencia.
Nota: Exclusivamente las personas que requerirán solicitar un permiso de múltiples entradas y salidas en Panamá, serán aquellos que se encuentran en la etapa preliminar de la gestión de residencia legal y que poseen un permiso provisional de residencia con una validez de entre tres (3) meses y un (1) año.
Visa múltiple
Se concederá la Visa de Múltiples Entradas y Salidas de Panamá por el período de validez del permiso circunstancial de residencia, lo cual dependerá de la evaluación de la petición, el cumplimiento de los requisitos y la solicitud del solicitante. La solicitud de la Visa de Múltiples Entradas y Salidas debe ser presentada personalmente o a través de un abogado autorizado y se requerirá entregar la siguiente documentación:
- Solicitud de la Visa de Múltiples Entradas y Salidas.
- Original y copia de su pasaporte vigente, lo cual dará constancia de que su estadía en Panamá satisface los términos legales.
- Original y copia de la tarjeta de identidad de inmigración de Panamá. (Si aplica)
- Prueba de solvencia económica (Solo para los no-residentes)
- Certificación como comerciante o empresario o las razones por las cuales requiere ésta autorización. Si el extranjero es invitado por alguna empresa, deberá entregar:
- Carta de invitación de la empresa, debidamente firmada por el Gerente o representante legal con la copia del respectivo documento de identificación.
- Copia del Certificado de Registro Público de la empresa.
- Carta de referencia bancaria de la empresa.
Nota: Todos quienes poseen la residencia temporal o permanente en Panamá, disponen de la posibilidad de entrar y salir de Panamá sin necesidad de requerir previamente de éste permiso emitido por el Servicio Nacional de Migración de Panamá, excepto para aquellos casos en los que las autoridades competentes interpongan medidas preventivas o restricciones de entrada y salida.
Período de Tiempo: El trámite de la solicitud de la Visa de Múltiples Entradas y Salidas en las oficinas del Servicio Nacional de Migración en Panamá puede llevar entre tres (3) y cinco (5) días hábiles.
Documentos requeridos para la Visa de entrada y salida múltiple
- Copia del Permiso Provisional de Residencia (Tarjeta Provisional de Procesamiento)
- Dos (2) fotografías tamaño pasaporte del solicitante.
- Original y fotocopia del pasaporte vigente del solicitante, incluyendo la página donde aparece la fotografía, nombre, fecha de nacimiento, número de pasaporte, lugar de emisión, entre otros.; así como el resto de las páginas donde se muestran los sellos de entradas y salidas a los distintos países visitados.
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Fuente Externa: Servicio Nacional de Migración Panamá