Visa de Turista para Panamá
Voy a Panamá ¿Necesito visa de turista para ingresar? ¿cómo consigo la visa de turista para entrar a Panamá?
Si la nacionalidad del visitante no esta en la lista de nacionalidades que requieren visa estampada o visa autorizada (esta lista esta al final de este articulo) entonces es fácil conseguir la visa de turista (también llamada tarjeta de turismo) ya que se adquiere cuando ingresas a Panamá pagando una tasa de entrada de 5 dólares.
Pero si la nacionalidad del visitante esta en las lista de países que verás a continuación necesitará entonces tramitar el respectivo permiso de entrada (Visa) antes de ingresar a la república de Panamá.
Hay dos tipos de Visas en Panamá para turistas con nacionalidades de entrada controlada:
- La visa estampada
- La visa Autorizada
¿Cuáles son las diferencias entre la visa estampada y la visa autorizada para ingresar a Panamá?
Visa Autorizada
Son las que tienen que solicitar aquellos ciudadanos de países que por razones de política migratoria panameña requieren una autorización previa de la Dirección Nacional de Migración para entrar a Panamá.
La autorización se realiza en el Consulado de Panamá en su país, también la puede solicitar una persona interesada que sea residente en Panamá.
Deben cumplir todos los requisitos que exige Migración y si se les aprueba la visa, se notifica al Consulado de Panamá de su respectivo país para que se estampe la visa en el pasaporte y de esa forma el ciudadano extranjero pueda viajar e ingresar a Panamá sin problemas.
Es importante que al momento de solicitar esta visa el extranjero especifique si la visa es de turista o de inmigrante, de esa manera el servicio nacional de Migración de Panamá decidirá si la concede o no y que tiempo dará al extranjero para estar legalmente en territorio Panameño.
Al final de este artículo encontrarás la lista de países que requieren visa autorizada para ingresar a Panamá.
Visa estampada
Esta visa no requiere de la autorización previa de la Dirección de Migración, pero debe ser solicitada ante el Cónsul de Panamá en el país de origen del extranjero, en su caso el Cónsul decide el tiempo que le concede al extranjero para permanecer legalmente en territorio panameño y le estampa la visa en el pasaporte.
EXCEPCIONES:
Si la nacionalidad del solicitantes esta dentro de la lista de países que requieren visa estampada ó autorizada PERO al mismo tiempo el solicitante tiene una Visa o Residencia vigente, debidamente expedida por Estados Unidos de América, Canadá, República de Corea, Mancomunidad de Australia, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea, podrá ingresar al territorio nacional Panameño sin solicitar la visa estampada o autorizada, siempre y cuando La visa otorgada por los países mencionados sea visa múltiple, y halla sido utilizada de manera previa en el territorio del Estado otorgante y su vigencia no será inferior a seis (6) meses al momento de ingresar a territorio panameño.
Lista de países que requieren visa estampada para ingresar a Panamá:
(Organizados por orden alfabético de la A a la Z)
- Camerún
- Cuba
- Filipinas
- Ghana
- India
- Malawi
- República Centroafricana
- República de China
- República del Congo
- República Dominicana
- Suazilandia
- Togo
- Venezuela
- Zimbabue
Lista de países que requieren visa autorizada para ingresar a Panamá:
(Organizados por orden alfabético de la A a la Z)
- Afganistán
- Albania
- Argelia
- Azerbaiyán
- Bahrein
- Bangladesh
- Benín
- Burkina Faso
- Burundi
- Chad
- Costa de Marfil
- Egipto
- Eritea
- Etiopía
- Gambia
- Guinea
- Guinea Bissau
- Guinea Ecuatorial
- Haití
- Indonesia
- Irak
- Irán
- Jordania
- Kazajstán
- Kirguistán
- Kosovo
- Laos
- Lesoto
- Líbano
- Liberia
- Libia
- Malí
- Marruecos
- Mauritania
- Mozambique
- Myanmar
- Nepal
- Níger
- Nigeria
- Omán
- Pakistán
- Palestina
- República Democrática del Congo
- República Popular de Corea
- Ruanda
- Senegal
- Sierra Leona
- Siria
- Somalia
- Sri Lanka
- Sudán
- Surinam
- Tanzania
- Tayikistán
- Túnez
- Turkmenistán
- Uganda
- Uzbekistán
- Yemen
- Yibuti
- Zambia
¿Cuáles son los requisitos para obtener la Visa estampada o autorizada en Panamá?
- Solicitud de visa completa y firmada.
- Copias de todas las páginas de su pasaporte, el pasaporte debe tener al menos tres meses de validez antes del viaje previsto.
- Una reserva de aérea con itinerario de continuación de viaje o boleto electrónico.
- Copia de un carnet de identidad vigente.
- Tres fotografías tamaño pasaporte (2×2, con fondo blanco)
- Realizar el pago por giros postales de WESTERN UNION o MONEYGRAM.) Un primer giro postal por $ 50.00, a nombre de: SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION. b) Un segundo giro postal por $ 10.00 a nombre de: CONSULADO DE PANAMA.
- Aportar un comprobante de solvencia económica durante la estadía, (no menos de $ 500 dólares americanos) Esto se puede aportar con uno de los siguientes documentos:
- Estado bancario del solicitante de los últimos tres meses.
- Declaraciones de tarjeta de crédito de los últimos tres meses.
- Cheque bancario certificado con el nombre del solicitante.
- Cheques de viajeros con el nombre del solicitante.
- Certificación de trabajo con el último cheque de pago o acreditación de trabajador independiente, en caso de ser empleado de una entidad pública o privada.
- Si es un ciudadano jubilado, presentar una certificación de jubilación o pensión.
- Carta del empleador que refleja su salario mensual.
- Declaraciones de impuestos del año fiscal anterior.
- En caso de ser empresario, enviar una referencia bancaria
- Cualquier otra prueba razonable de ingresos aceptada por el Servicio Nacional de Migración de Panamá.
- Llevar la última visa que fue aprobada por las autoridades de inmigración. (si corresponde)
- Presentar una reserva de hotel (si corresponde)
- Presentar una carta de invitación , si corresponde, que puede provenir de un residente panameño o una entidad privada:
- Si son residentes temporales o permanentes de Panamá, deben proporcionar:
- Copia auténtica de su número resolución
- ii. Pasaporte y un documento de identificación para el extranjero
- iii. Declaración de renta ante la DGI.
- Si son entidades privadas, deben proporcionar:
- i. Certificación del Registro Público
- ii. Copia del aviso de operaciones
- iii. Copia de la clave de operación de la Zona Libre de Colón. (si corresponde)
- iv. Declaración de renta ante la DGI.
- Si son residentes temporales o permanentes de Panamá, deben proporcionar:
- Si presenta una carta de invitación, debe demostrar la solvencia económica de quien lo invita con estos documentos:
- Contrato de alquiler
- Carta de trabajo con la última ficha del Seguro Social en el caso de ciudadanos nacidos en el país
- Referencia bancaria
- Para la solicitud de un menor, debe hacerlo un padre o tutor legal.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS DEBEN SER TRADUCIDOS A ESPAÑOL.
Contacta a la abogado con un email
CÓDIGO DE VESTIMENTA EN EL SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN DE PANAMÁ
Las oficinas del Servicio Nacional de Migración no permitirá la visita de personas vistiendo pantalones cortos, camisetas o sandalias.
Hombres: Pantalón largo, camisa con cuello y mangas, zapatos cerrados, (NO USE pantalones cortos, camisas o remeras recortadas, ni ningún calzado que muestre los dedos de los pies).
Mujeres: Vestido o pantalón largo, zapato cerrado, camisa con cuello o blusa que cubra los hombros y calzado formal (zapatos). No se permiten minifaldas, pantalones cortos, camisas recortadas o blusas que muestren los hombros o camisetas, ni sandalias o calzado que muestre los dedos de los pies.
AbogadosPanama.Net bajo la dirección de la Abogado panameña Lic. Julissa Ortega Hernandez ha ayudado a extranjeros a obtener su permiso de ingreso a Panamá.
Consejos para iniciar trámites legales en Panamá
- Reúnase en lo posible personalmente en las instalaciones comerciales de la firma de abogados.
- Solicite un contrato de servicios profesionales con su abogado.
- Si decide trabajar con un abogado independiente verifique las credenciales de su abogado ante la base de datos de la corte suprema de justicia.
¿Por qué cada día más extranjeros confían en la firma de la Lic. Julissa Ortega para realizar sus trámites migratorios en Panamá?
- La atención es dada por una experta en el tema con una amplia trayectoria en materia migratoria en Panamá.
- Brinda acompañamiento continuo para el solicitante por el abogado durante el proceso de presentación del trámite ante la autoridad migratoria.
- Realiza el seguimiento continuo por abogados expertos en el proceso gubernamental del trámite de cada solicitante.
- Cuenta con servicio de apertura de cuentas bancarias en Panamá.
- Asesoría legal civil, mercantil y de bienes raíces con nuestro equipo de abogados
- El costo de la consulta es reembolsable en el costo total del trámite.
O si prefieres atención prioritaria entonces
Galería de Imagenes