Visa de Profesional Extranjero en Panama
Beneficios y Requisitos de el permiso de residencia Visa de Profesional Extranjero en Panama
Podrán solicitar Visa de Profesional Extranjero en Panama los extranjeros profesionales que tengan un título universitario de Técnico Superior Universitario (TSU), Licenciatura, Maestría o Doctorado (de las carreras que no están reservadas a los nacionales Panameños).
Según las leyes migratorias de Panamá en este permiso se encuentra dentro del los permisos que otorgan carnet de residencia permanente a sus solicitantes.
La Visa de Profesional Extranjero en Panama es un permiso de residencia que le permitirá ejercer como su carrera en Panamá, le permitirá obtener permiso de trabajo y le permitirá obtener un permiso de residencia permanente en Panamá.
¿Que es la Visa de Profesional Extranjero en Panama?
Es un permiso de residencia en Panamá llamado ante el Servicio Nacional de Migración como Permiso de Residente Permanente En Calidad de profesional extranjero, establecido en las leyes migratorias de Panamá en el Decreto Ejecutivo Decreto Ejecutivo 804 del 9 de octubre de 2012
La ley reza que se otorga primeramente, residencia en Panamá por un periodo de dos años.
Después de vencida la fecha, se concede, una vez cumplidos una serie de requisitos, la estadía permanente en el país.
Cabe destacar que uno de los requisitos indispensables es que la profesión con la que aplicará el solicitante no esté dentro del listado de las profesiones restringidas a ser ejercidas únicamente por nacionales panameños dentro del país.
Lista de Profesiones restringidas a ser ejercidas por ciudadanos panameños dentro de la República de Panamá
- Trabajo Social (1981): Comprende intervención social, gestión comunitaria y asesoría en bienestar social.
- Asistente Dental (1994): Incluye roles como higienista dental y técnico en salud bucal.
- Asistente Médico (1975): Comprende funciones de auxiliar clínico y técnico en atención primaria.
- Barbería y Cosmetología (1956): Abarca estilistas, maquilladores y especialistas en tratamientos estéticos.
- Ciencias Agrícolas (1961): Incluye agronomía, ingeniería agrícola, zootecnia y ciencias del suelo.
- Contabilidad (1978): Se extiende a auditoría, asesoría fiscal y consultoría financiera.
- Derecho (1984): Comprende abogacía, asesoría legal y notariado.
- Economía (1981): Incluye análisis económico, consultoría económica y planificación financiera.
- Enfermería (1954): Abarca enfermería general, especializada y gestión en salud.
- Farmacia (1963): Incluye farmacología, química farmacéutica y bioquímica clínica.
- Fisioterapia (1984): Comprende terapia física, rehabilitación y kinesiología.
- Fonoaudiología, Terapistas y Similares (1980): Abarca terapia del lenguaje, audiología y terapia ocupacional.
- Ingeniería y Arquitectura (1959): Incluye todas las ramas de la ingeniería (civil, mecánica, eléctrica, industrial, etc.) y arquitectura.
- Laboratoristas (1978): Comprende técnicos de laboratorio clínico, patología y análisis biomédicos.
- Medicina (1970): Abarca todas las especialidades médicas y cirugía.
- Medicina Veterinaria (1983): Incluye veterinaria general, zootecnia y salud animal.
- Nutrición (1969): Comprende dietética, nutrición clínica y comunitaria.
- Odontología (1956): Abarca todas las especialidades dentales, como ortodoncia y periodoncia.
- Periodismo (1978): Incluye reporteros, editores, corresponsales y comunicadores sociales.
- Psicología (1975): Comprende psicología clínica, educativa, organizacional y otras ramas.
- Química (2001): Abarca química industrial, química analítica y bioquímica.
- Quiroprácticos (1967): Incluye quiropraxia y terapias manuales relacionadas.
- Radiología Médica (1980): Comprende técnicos en radiología, imagenología y medicina nuclear.
- Relaciones Públicas (1980): Abarca gestión de comunicación corporativa, imagen pública y protocolo.
- Sociología (1996): Incluye investigación social, análisis demográfico y consultoría en ciencias sociales.
Listado adicional de apoyo
- Agente de Seguridad – Ley 56 de 2011
- Agrimesor – Ley 53 de 1963
- Agronomía – Ley 22 de 1961
- Agrostología – Ley 22 de 1961
- Asistente Dental – Ley 21 de 1994
- Asistente Médico – Decreto 32 de 1975
- Barbería y Cosmetología – Ley 4 de 1956
- Botánica Agrícola – Ley 22 de 1961
- Ciencias Agrícolas – Ley 22 de 1961
- Contabilidad – Ley 57 de 1978
- Dasonomía – Ley 22 de 1961
- Derecho – Ley 9 de 1984
- Economía – Ley 2 de 1981
- Economía Agrícola – Ley 22 de 1961
- Edafología – Ley 22 de 1961
- Educación Vocacional Agrícola – Ley 22 de 1961
- Enfermería – Ley 1 de 1954
- Farmacia – Ley 24 de 1963
- Fisioterapia – Ley 47 de 1984
- Fitogenética – Ley 22 de 1961
- Fitopatología – Ley 22 de 1961
- Fonoaudiología, Terapistas y Similares – Ley 34 de 1980
- Horticultura – Ley 22 de 1961
- Ingeniero Agrícola – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero Arquitectónico – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero en Arquitectura – Ley 15 de 1959
- Ingeniero Civil – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero de Minas – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero Eléctrico – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero en Geología – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero Industrial – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero Mecánico – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Ingeniero Químico – Decreto Ejecutivo 257 de 1965
- Laboratorista – Ley 74 de 1978
- Maestro de Obra – Ley 53 de 1963
- Medicina – Decreto Ejecutivo 196 de 1970
- Medicina Veterinaria – Ley 3 de 1983
- Nutrición – Decreto 362 de 1962
- Odontología – Ley 22 de 1956
- Psicología – Ley 56 de 1975
- Química – Ley 45 de 2001
- Química Agrícola – Ley 22 de 1961
- Laboratorista – Decreto 8 de 1967
- Radiología Médica – Ley 42 de 1980
- Sociología – Ley 1 de 1996
- Sología Agrícola – Ley 22 de 1961
- Trabajo Social – Ley 17 de 1981
- Visitador Médico – Ley 24 de 1963
- Zootecnia – Ley 22 de 1961
HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO UNIVERSITARIO EXTRANJERO EN PANAMÁ
Uno de los requisitos que pueden demorar más para poder aplicar al permiso de residencia mediante la visa de profesional extranjero en Panama es que el título universitario debe estar homologado ante la UNIVERSIDAD NACIONAL DE PANAMÁ, dicha entidad en este caso funge como organismo acreditador de los diplomas a presentar ante el servicio nacional de migración como prueba principal dentro de la solicitud.
Una vez se entregue el diploma con todos los demás requisitos, el tiempo de respuesta por parte de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE PANAMÁ es de 6 meses luego del inicio del trámite de homologación de diploma.
¿Cuales son los requisitos para obtener la Visa de Profesional Extranjero Panama?
Esta visa le otorga al profesional extranjero un permiso provisional de 2 años que luego se renueva como permiso de permanencia permanente definitivo, es decir, el solicitante deberá pasar por dos fases para obtener el permiso de residencia permanente en Panamá.
REQUISITOS:
- Poder mediante abogado panameño y Solicitud redactada por abogado.
- Cinco (5) fotografías tamaño carnet con el fondo blanco.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte ante notario público o Autoridad correspondiente.
- Record Policivo ó Verificación de antecedentes penales del país de los últimos 5 años de residencia. Este documento debe ser «original», «oficial», «actualizado» y «autenticado» (consulte la explicación de estos términos a continuación).
- Certificado de Salud con por lo menos 3 meses de vigencia.
- Cheque Certificado o de gerencia por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Cheque Certificado o de gerencia por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales (Lo tramitamos en la firma).
- Copia del Diploma o Título universitario (T.S.U, licenciatura, maestría o doctorado) debidamente apostillado.
- Copia del documento de identidad o carné de su país (puede ser licencia de conducir,
- identificación)
- Cumplir con el Proceso de homologación reválida ante las autoridades nacionales correspondientes en este caso la Universidad de Panamá o la Universidad Tecnológica. (esto lo explicamos más adelante en las fases de este permiso)
SOLICITUD DE LA PERMANENCIA DEFINITIVA
Para solicitar la permanencia se presentarán los requisitos anteriores con excepción del
Certificado de Antecedentes Penales y los cheques, el solicitante adicionalmente
deberá aportar:
- Paz y Salvo Nacional del solicitante (DGI).
AbogadosPanama.Net bajo la dirección de la Abogado panameña Lic. Julissa Ortega Hernandez ha ayudado a extranjeros a obtener su permiso de residencia permanente en Panamá bajo la Visa de Profesional Extranjero en Panama
Consejos para iniciar trámites legales en Panamá
- Reúnase en lo posible personalmente en las instalaciones comerciales de la firma de abogados.
- Solicite un contrato de servicios profesionales con su abogado.
- Si decide trabajar con un abogado independiente verifique las credenciales de su abogado ante la base de datos de la corte suprema de justicia.
Los Beneficios de obtener la Visa de Profesional Extranjero Panama son los siguientes:
- Podrá solicitar el permiso de residencia permanente en Panamá en pocas fases, (este permiso le otorgará la “CEDULA E”)
- También Podrás optar al pasaporte panameño mediante la naturalización (una vez obtenga la cédula E y cumpla con los requisitos)
- Podrá obtener el permiso de trabajo bajo la Visa de Profesional Extranjero Panama.
- Podrás disfrutar de todos los beneficios que disfrutan los nacionales panameños en bancos, comercios y entidades gubernamentales.
¿Cuáles son las fases que hay que recorrer para obtener la residencia permanente con el permiso de residencia Visa de Profesional Extranjero Panama?
FASE 1:
Día 1: Entrevista con abogado
se realiza la reunión con el abogado para la revisión de los requisitos y el pago de los honorarios para iniciar el trámite migratorio.
DIA 2: (Requiere solo la presencia del extranjero)
Se apersonan el solicitante extranjero y el apoderado legal o su asistente ante las oficinas del Servicio Nacional de migración de Panamá para presentar la solicitud del trámite de la Visa de Profesional Extranjero en Panama.
Ese mismo día le darán el primer carnet de residencia provisional al solicitante extranjero, con una validez de 6 meses, además le otorgarán una visa múltiple de entrada y salida estampada al pasaporte que le permitirá entrar y salir de Panamá sin problemas y sin pagar ningún impuesto de salida.
¿QUÉ SIGUE LUEGO DE ESTO?
Regularmente los agentes migratorios le indicarán que debe esperar de 3 a 5 meses mientras que los oficiales encargados de revisión de documentos en migración expiden la resolución de aprobación del permiso de residente mediante la Visa de Profesional Extranjero en Panama.
En el momento en que la resolución migratoria esta lista, el abogado es notificado por el servicio nacional de migración de panamá de que la resolución ha sido emitida y desde ese momento pueden y deben asistir a las oficinas de migración en panamá para obtener el un nuevo carnet de trámite de residencia provisional mediante la Visa de Profesional Extranjero en Panama.
Este nuevo carnet es un permiso provisional de mediante la Visa de Profesional Extranjero, tiene una validez de 2 años y un costo de 50 dólares.
FASE 2: Solicitud del Permiso de Residencia Permanente por la Visa de Profesional Extranjero en Panama
Pasado los 23 meses el extranjero puede solicitar el permiso de residencia permanente.
Para solicitar el permiso de residencia permanente de la Visa de Profesional Extranjero en Panama el solicitante deberá aportar todos los requisitos que aportaron la primera vez (menos los cheques certificados y el record policivo) y deberá adicionar
- Paz y Salvo nacional del solicitante.
Esta vez se vuelve a realizar el proceso completo del DIA 1 y DIA 2 de la FASE 1.
Ese mismo día le darán el carnet de residencia provisional al solicitante extranjero, con una validez de 6 meses.
Una vez la resolución migratoria es aprobada, el abogado es notificado por el servicio nacional de migración de panamá de que la resolución ha sido emitida y desde ese momento pueden y deben asistir a las oficinas de migración en panamá para obtener el un nuevo carnet de trámite de residencia permanente.
COSTO DE CARNET DE RESIDENTE PERMANENTE MEDIANTE LA VISA DE PROFESIONAL EXTRANJERO EN PANAMA
Este nuevo carnet es un permiso permanente de la Visa de Profesional Extranjero en Panama, tiene una un costo de 100 dólares.
Un mes después migración emite una nota llamada “Nota de Cédula”, con esta nota el extranjero debe realizar una cita ante el tribunal electoral, esta cita generalmente se la otorgan para unos días hábiles luego de solicitarla.
En el día de la cita el extranjero debe apersonarse al tribunal electoral de Panamá para que hacer el registro dactilar y facial y una semana después puede retirar la Cédula “E” que será su nuevo documento de identidad legal para circular en Panamá.
¿Por qué cada día más extranjeros confían en la firma de la Lic. Julissa Ortega para realizar sus trámites migratorios en Panamá?
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