Obtener la Residencia en Panamá por el programa de Inversión en Agricultura
El Programa de Inversión en Agricultura en Panamá regula por la ley del 03 de Febrero de 2008, renovada por el Decreto Ejecutivo No. 320 del 08 de Agosto de 2008, como un modo de brindar a extranjeros la oportunidad de convertirse en residentes temporales mediante la ejecución de inversiones en explotación de fincas, por medio de actividades como la agricultura y la acuicultura en Panamá.
Para optar a una Visa del Programa de Inversión en Agricultura se requiere una Inversión Mínima de Sesenta mil Dólares Americanos (US$60.000) a título personal o mediante una entidad jurídica, en el sector agrícola en Panamá, o en el negocio de la Acuicultura, podrá aplicar para la adquisición de ésta clase de Visa de Residencia. Estas inversiones deberán ser elaboradas en aquellos sectores o plano en donde el Ministerio de Desarrollo Agropecuario, observe de interés nacional al momento.
La visa de residencia temporal para inversionistas en agricultura en Panamá, se darán por un lapso de seis (6) años, permutable cada dos (2) años y el aspirante no podrá adquirir bajo ésta figura la Residencia Permanente o la ciudadanía Panameña.
Además de los requisitos nombrados en el Artículo 28 del Decreto Ley, el aspirante deberá entregar la siguiente documentación:
- En caso de que la inversión se realice a través de una sociedad, deberán entregarse los siguientes documentos:
- Declaración jurada del Secretario o Tesorero de la compañía (No podrá ser emitida por el solicitante), verificando la propiedad de acciones emitidas y compradas por el solicitante y el Capital Total de la compañía.
- Copia autenticada del certificado de acciones a favor del solicitante e inversionista agrícola en Panamá.
- Copia de la Declaración de Impuestos de la compañía. Si el período fiscal no ha concluido desde el momento de la creación de la compañía, deberá anexar una copia de la inscripción en el Registro Único del Contribuyente y una copia del recibo de pago de la Tasa Única.
- Certificación original de la inscripción de la compañía en el Registro Público de Panamá.
- Certificación de un Contador Público Autorizado, detallando el total invertido de forma directa en la actividad agrícola o acuicultura en Panamá, y haciendo constar que el capital invertido proviene del solicitante. El Contador deberá anexar documentos que lo prueben.
- Copia de la Certificación del Registro Único de la Finca en Panamá, el cual deberá detallar lo siguiente: Número de Registro Único de la Finca, plano, actividades desarrolladas en la finca y su ubicación.
- Certificado original de inscripción de la finca en el registro público de Panamá o Contrato de Arrendamiento.
- Documentos que demuestren que la inversión realizada por un monto mínimo de Sesenta mil Dólares Americanos (US$60.000) fue dirigida a actividades agrícolas o de acuicultura y para probarlo se deberán entregar los siguientes documentos:
- Certificación Bancaria de la transferencia realizada o del pago correspondiente. (Obligatorio)
- Estados Financieros Auditados
- Factura comercial de compra y venta.
- Documentos que prueben la importación o compra de insumos o equipos.
Para solicitar una extensión de la Visa, además de los requisitos mencionados anteriormente, el solicitante deberá entregar el siguiente documento:
- Paz y Salvo Nacional de los ingresos del solicitante.
Procedimiento para solicitar la Residencia en Panamá
El procedimiento para solicitar el permiso provisional de residencia es el siguiente:
- Registro del Pasaporte en Servicio Nacional de Migración de Panamá.
- Presentar la solicitud con la documentación exigida por Inmigración, incluyendo los recibos de pago por honorarios gubernamentales de trámite y el Depósito de Repatriación (Si aplica)
- El Servicio Nacional de Migración de Panamá emitirá a favor del solicitante, el permiso de residencia temporal por tres (3) meses y la Visa de Entradas y Salidas Múltiples.
- El Servicio Nacional de Migración de Panamá emitirá la Visa de Residencia Temporal por dos (2) años. (Los pasos 3 y 4 se repetirán cada vez que se desee renovar la Residencia Temporal).
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Fuente Externa: Servicio Nacional de Migración Panamá