Compartelo o Imprimelo

CONTRATO DE TRABAJO EN PANAMÁ.

LO QUE DEBE CONTENER UN CONTRATO DE TRABAJO EN PANAMÁ PARA EVITAR SER DEMANDADO POR SUS EMPLEADOS Y SACARLES EL MÁXIMO PROVECHO.

contrato-de-trabajo-panama-minuatura

Conseguir un buen empleado en Panamá muchas veces se vuelve un largo proceso, una vez que lo encuentras es necesario hacer un contrato de trabajo en panamá  que garantice la satisfacción plena de ambas partes pero…

 ¿Que pasa si no le hago contrato de trabajo a un empleado en Panamá?

Este anécdota que te contare a continuación es el caso de uno de los clientes de la Lic. Julissa Ortega, por supuesto hemos cambiado su nombres reales para poder contarte como tuvo que hacer este empresario para no volver a perder dinero y evitar ser demandado por uno de sus empleados con un buen contrato de trabajo en panamá.

Juan es un empresario dueño de una empresa familiar dedicada a ofrecer servicios técnicos de computación, el negocio estaba marchando de maravilla y por estar saturado de trabajo se vio obligado a contratar a un nuevo técnico llamado Daniel para que lo asistiera con los servicios, por el apuro y la emoción de haber encontrado el técnico que tanto necesitaba y actuando de buena fe Daniel comenzó a trabajar con el Sr. Juan sin siquiera hacerle contrato de trabajo.

Como no todo es perfecto, pasado dos meses desde que se inicio la relación laboral Daniel comenzó a llegar tarde, a contradecir las ordenes del señor Juan y lo peor a instalar software pirata en los equipos de los clientes sin autorización de la empresa buscando una remuneración económica adicional, acción que estaba terminantemente prohibida por ocasionarle riesgos de multas y demandas a la empresa, por lo que el señor Juan le emitió una carta de despido explicando las razones por la cual tomo la decisión, evidentemente Daniel se molesto y actuando de mala fe lo demando ante el Ministerio de Trabajo, obligando al señor Juan a pagarle la prima de antigüedad e indemnización, cuando en realidad no le correspondía ya que era un despido justificado pero como no se firmo contrato de trabajo en panamá inicialmente esta era la forma correcta de proceder según el Ministerio de Trabajo y el señor Juan la tuvo que asumir.

contrato de trabajo en panamá
contrato de trabajo en panamá

¿Que debió hacer el señor Juan para evitar esta perdida de dinero injusta? ¿Como puede protegerse usted ante estas circunstancias con un buen contrato de trabajo en panamá?

Para resolver nuestras inquietudes contactamos a la Lic. Julissa Ortega, abogada panameña especialista en Derecho Laboral y sus conflictos, ella nos dijo lo siguiente:

Es prudente tener mucha precaución con los trabajadores ya que no se puede actuar de buena fe presumiendo que todos harán lo mismo, lo ideal hubiera sido que una vez el señor Juan tomó la decisión de contratar al señor Daniel, ese momento el señor Juan le hubiese hecho firmar un contrato de trabajo por tiempo indefinido en Panamá, que incluyera la clausula de periodo probatorio de 3 meses, lo que le daba la oportunidad de que si dentro de esos 3 primeros meses Daniel no ejecutaba sus labores como le eran encomendadas pudiera ser despedido sin mayores protocolos ni complicaciones.

Aclaró que es importante que en todo contrato de trabajo se establezca la duración de las jornadas de trabajo, tiempo de descanso, salario, entre otros puntos fundamentales, como lo permite nuestro Código de Trabajo, que le hubieran evitado al señor Juan el pago injusto de prestaciones ya que se hubiera alegado despido justificado dentro de los 3 meses de periodo probatorio.

Contrato de Trabajo por tiempo indefinido Vs Tiempo definido ¿Cual me conviene si soy empleador?

Desde el punto de vista de un empleador, el contrato de trabajo en Panamá que mejor ayuda a los empleadores de pequeñas y medianas empresas es el modelo de contrato por tiempo indefinido ya que este contrato le permitirá al empleador prescindir de los servicios de sus empleados cuando lo requieran por cualquiera que sea el motivo sin la necesidad de tener que pagarle al empleado ningún cargo en concepto de salarios caídos, mientras que si el contrato es por tiempo definido y el empleador decide prescindir del empleado antes de la finalización del contrato, el empleador deberá pagar todos los salarios caídos hasta la fecha de terminación del contrato vigente, por ejemplo:

Si Daniel trabaja como técnico de computación para Juan y tiene un contrato por tiempo definido en Panamá por 12 meses y esta en el sexto mes de su contrato y Juan le emite una carta de despido basada en las leyes del código de trabajo de Panamá y el despido no es justificado sino que simplemente Juan no quiere trabajar más con Daniel por diversas razones, Juan deberá pagarle el restante de los 6 salarios restantes indicados en el contrato.

En cambio, si sucede lo mismo pero Juan firma con Daniel un contrato de trabajo por tiempo indefinido en Panamá, cuando Juan despida a Daniel por cualquier razón, no tendrá que pagar ningún salario caído ya que no existe una fecha de culminación fijada.

Cabe destacar que este modelo de contrato no es ventajoso para todas las empresas, ya que en algunos casos cuando el trabajador es talentoso y la empresa lo quiere retener entonces es mejor invertir la situación.

También es importante destacar que cuando una empresa realiza un “despido justificado en Panamá” es probable que deba ser justificado ante un juzgado de trabajo lo cual requiere de pruebas y testigos, lo que en la mayoría de los casos favorece más al empleado que al empleador.

RECOMENDACIÓN IMPORTANTE

La recomendación es que cada empresa maneje un contrato de trabajo estudiado para su actividad comercial donde se respeten y cuiden los deberes y derechos de los trabajadores y de la empresa, estos contratos deben preferiblemente estar validados por el ministerio de trabajo en Panamá y deben ser revisados por un abogado con amplia experiencia en derecho laboral para así sacar el máximo provecho del trabajo y los trabajadores.

¿Necesita ayuda legal?

Si usted conoce una empresa que necesite asesoría legal en sus contratos, la forma de pagar el seguro social a sus empleados o cualquier tipo de representación o asesoría legal la Lic. Julissa Ortega puede ser una gran aliada para su empresa como abogado externa ya sea fija o por eventos.

Para contactarla puede hacer clic en la Imagen a continuación o llamarla directamente tocando le botón verde debajo de la foto (su número es +507 6122 8024).

Abogado en panamá
Clic aqui para llamar

¿Haz tenido alguna experiencia parecida a la del señor Juan?

Compartelo o Imprimelo

5 comentarios

  1. Buen día,
    Que pasa si se firma contrato indefinido, pero el mismo no esta sellado por el ministerio de trabajo?
    Cuales ventajas y desventajas tiene el empleado en este caso?

    Saludos

    1. Hola Roy, si firmas el contrato y no lo llevas al ministerio de trabajo igual sigue teniendo validez, sin embargo al llevarlo al ministerio de trabajo aseguras que cada clausula del contrato no viole otra ni ninguna ley.

  2. HOLA! AL FINALIZAR UN CONTRATO DE TRABAJO SE PUEDE ADENDAR Y EXTENDER LA FECHA DE VENCIMIENTO SIN LIQUIDAR EL MISMO? O CUAL SERIA LA FORMA CORRECTA? PARA QUE NO SEA PERJUDICIAL.

  3. Buenas tardes se puede cambiar un contrato por tiempo indefinido a uno definido por 6 meses para haci no tener que pagar indemnización

  4. Buen dia si tengo contrato indefinido, y me despiden con solo tener 1 y 15 dias, deben pagarme preaviso? aunque este en periodo probatorio de 3 meses?

Los comentarios están cerrados.