Permiso de trabajo para Para trabajador migrante contratado por un empleador dentro del Área Panamá Pacífico

Requisitos

Dentro del área Panamá Pacífico se podrán solicitar las siguientes categorías de permisos de trabajo:

PERMISO DE TRABAJO TIPO 3C-1:

Para trabajadores dentro del diez por ciento (10%) de los trabajadores ordinarios, cuya solicitud deberá cumplir con la presentación de los requisitos de “Persona extranjera contratada por un empleador como personal ordinario, dentro del 10% del total de los trabajadores”.

Ver requisitos aquí:

Vigencia: primera vez 2 años, prórroga permitida hasta máximo tres con duración de 3 años.

PERMISO DE TRABAJO TIPO 3C-2:

Para trabajadores dentro del quince por ciento (15%) de los trabajadores técnicos o especialistas, tanto en aspectos técnicos como en asuntos de gestión administrativa, cuya solicitud deberá cumplir con la presentación de los requisitos de “Persona extranjera contratada por un empleador como personal especialista o técnico, dentro del 15% del total de los trabajadores”.

Ver requisitos aquí:

Vigencia: primera vez 1 año, prórroga permitida hasta máximo cuatro con duración de 1 año.

PERMISO DE TRABAJO TIPO 3C-3:

Para trabajadores que sobrepasen el quince por ciento (15%) de los trabajadores técnicos o especialistas, tanto en aspectos como en asuntos de gestión administrativa, cuya solicitud deberá cumplir con la presentación de los requisitos de “Persona extranjera contratada por un empleador como personal especialista o técnico, dentro del 15% del total de los trabajadores” y reunir las siguientes condiciones:

A. Que sean contratados por empresas que están iniciando operaciones dentro del Área Panamá Pacífico, y

B. Que sean contratados para la instalación o puesta en funcionamiento de las operaciones de la empresa dentro del Área Panamá Pacífico.

Vigencia: primera vez 1 años, prórroga permitida hasta máximo dos con duración de 1 año.

Costo del Carné: B/. 80.00

Renovación del Carné: B/. 30.00

PERMISO DE TRABAJO TIPO 3C-4:

Para trabajadores de empresas que tengan menos de diez (10) trabajadores, cuya solicitud deberá cumplir con la presentación de los requisitos de “Trabajador Migrante contratado como personal de micro o pequeño empleador (MIPE)”.

Ver requisitos aquí:

Vigencia: primera vez 1 año, prórroga permitida hasta máximo diez con duración de 1 año.

PERMISO DE TRABAJO TIPO 3C-5:

Para trabajadores de empresas que se dediquen exclusivamente a mantener oficinas para dirigir transacciones que se perfeccionen, consuman o surtan efectos en el exterior, cuya solicitud deberá cumplir con la presentación de los requisitos de “Trabajador Migrante como personal de confianza de un empleador cuyas transacciones se perfeccionan, consuman o surtan sus efectos en el exterior, exclusivamente”.

Ver requisitos aquí:

Vigencia: primera vez 2 años, prórroga permitida hasta máximo tres con duración de 3 años

Los costos de estos permisos serán los mismos que los referidos.

NOTA: Esta solicitud se realizará presencialmente en todas las oficinas regionales del Mitradel en todo el país, de acuerdo a la localización del lugar de residencia del Migrante (Solo se exceptúa la Dirección Regional Especial de Minera Panamá), hasta que el trámite esté disponible en Panamá Digital.

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