Dividir una Propiedad de Bienes en Conjunto en Panamá
Cuando recibimos bienes materiales, generalmente lo hacemos como únicos propietarios, pero hay ocasiones en que dichos bienes materiales, los obtenemos entre varias personas, ya sean físicas o jurídicas, situación que en los términos de derecho conocemos como COMUNIDAD DE BIENES, o simplemente COPROPIEDAD.
Cuando nos encontramos en una circunstancia en la cual no somos los únicos dueños un bien, debemos entender que así mismo como tenemos derechos sobre el bien material, también tenemos obligaciones que encarar.
Sin embargo existen personas que no desean permanecer en la copropiedad (es decir no quieren ser dueños de ese bien por algun motivo). Pero para esto debemos comprender que cuando somos codueños o copropietarios de una un bien en Panamá, lo somos de manera INDIVISA, es decir, que no sabemos qué parte específica nos corresponde.
Entonces, debemos entender que en toda situación de comunidad de bienes o copropiedad siempre somos propietarios pro indiviso, o sea, que no sabemos que parte del bien nos pertenece.
En Panamá, existen leyes que nos dan una solución a este problema (el de dividir una propiedad de bienes en conjunto), el cual lamentablemente se resuelve por la vía judicial, solución que es un proceso civil que requiere abogado.
Este proceso judicial en Panamá recibe el nombre de DIVISIÓN o VENTA DE BIEN COMÚN, proceso judicial en el que debe aportarse antes que nada, la prueba que son dueños de un bien que también es propiedad de otras personas.
DIVISIÓN o VENTA DE BIEN COMÚN
Este procedimiento judicial tiene como principal objetivo deshacer la copropiedad sobre la cosa común, que se logra, o, dividendo el bien en partes proporcionales a las que le pertenecen, o si no es posible la división, entonces se accede a la venta del bien común.
Es primordial explicar que la división, cuando los propietarios no están de acuerdo en hacerla, ante el Juez se debe demostrar que dividir el bien común no va a reducir su valor, ya que de lo contrario lo que corresponde para deshacer tal COPROPIEDAD es la venta necesariamente.
Este tipo de procedimiento tienen un 98% de posibilidades de que el juzgado conceda lo pedido, puesto que nadie está obligado a mantenerse en la indivisión, y de existir contrato entre propietarios de no vender el bien común, no puede excederse los 10 años a dicho acuerdo.
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Hola,
Esto quiere decir que si una propiedad es comprada entre 2 persona pero una de ellas solo pagó por ejemplo solo 500 metros de los 2,000 metros, aún así el que pagó solo por los 500 metros tiene derecho a todo, y si se divide o se vende le puede tocar la mitad del dinero?